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Reparto de utilidades de los trabajadores

En el mes de mayo se debe distribuir las utilidades generadas por las empresas (personas físicas tienen hasta el 29 de junio), esta calculada con base en el artículo 16 de la ley del Impuesto Sobre la Renta, así mismo el procedimiento para su distribución es el siguiente:

 

  • ·         50% conforme a los días trabajados
  • ·         50% conforme a los salarios percibidos

 

La distribución por salarios es tomando en cuenta los días laborados y todos aquellos que por disposición de ley, el contrato individual o colectivo de trabajo se hayan acordado sin incluir las incapacidades generadas por cualquier índole incluyendo los permisos y días festivos.

 

La repartición por salarios es en función a la cuota diaria, así mismo cuando el salario sea mixto se tomara como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante un año.

 

El plazo para el cobro de utilidades es de un año a partir del día siguiente en que se genera la obligación.

 

Ejemplo.

 

La empresa mejores años S.A. realizara el reparto de utilidades, para ello cuenta con los siguientes datos:

 

PTU a distribuir      $     73,334

Días laborados               9,006

Salarios Pagados   $ 386,058

 

Utilidad repartible en función de días laborados

 

PTU                                                   73,334

(x) Porcentaje aplicable                     50%

(=) Utilidad repartible (Días)      $ 38,667 

 

Utilidad repartible en función a salarios

 

PTU                                                     73,334

(x) Porcentaje aplicable                      50%

(=) Utilidad repartible (Salarios) $ 38,667 

 

Factor de utilidad según días laborados

 

Utilidad repartible (Días)             $ 38,667 

(x) Total días laborados                     9,006

(=) Factor de utilidad                        4.2935 

 

Factor de utilidad según salarios

 

Utilidad repartible (Salarios)       $ 38,667 

(x) Total salarios                             386,058

(=) Factor de utilidad                        0.1002 

 

 

Ya determinados estos datos se procede a su aplicación según corresponda a cada trabajador.

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Comentarios: 8
  • #1

    raul ramirez (miércoles, 18 mayo 2011 11:23)

    TENGO UNA DUDA SALI DE TRABAJAR EN ELE MES DE ABRIL DEL AÑO PASADO Y ME DIERON MIS UTILIDADES EN MAYO. ¿TODAVIA ME CORRESPONDEN UTILIDADES DE ESTE MES DE MAYO O YA NO.

  • #2

    Cp Santiago Mendoza Garcia (jueves, 19 mayo 2011 14:32)

    EL reparto de utilidades que te entregaron en el año 2010, corresponde a las utilidades que se generaron en el ejercicio 2009, por lo que si dejaste de laborar en el mes de abril de 2010 tienes derecho a las utilidades (en caso de que se haya generado)del ejercicio 2010 del periodo de enero a abril.

  • #3

    SAUL GARCIA GARCIA (martes, 24 mayo 2011 19:03)

    Buenas Tardes, Trabaje 4to turno osea Sabado y Domingo de 7:00hrs a 19:00hrs. de OCTUBRE A DICIEMBRE 2010, pero me informan que yo no recibo utilidades. Sera Cierto?
    azul1223@prodigy.net.mx

  • #4

    guillermo sanchez (martes, 31 mayo 2011 19:52)

    que puedo hacer si trabaje del dia 9 de mayo del 2010 al 4 de mayo del 2011 y no me quieren dar mis utilidades pero ya firme renuncia y todo

  • #5

    edison manuel alava marquez (miércoles, 07 marzo 2012 16:01)

    hola quisiera saber si cojo utilidades este mes de abril sali al 22 de mayo del 2011

  • #6

    roh (jueves, 25 octubre 2012 10:12)

    Los felicito por su profesionalismo y sencillez,da gusto encontrarse personas así en estos medios de comunicación. estaremos en contacto. Gracias, buen día.

  • #7

    martin tiguaaquilar (miércoles, 10 abril 2013 20:28)

    hola travajo en una enpacadora y no soy

  • #8

    Cheap Chanel Bags (martes, 19 abril 2016 02:34)

    It is also not known exactly what role Corey plays in boosting Bieber's career, or what he's paid by the pop star, who is about to kick off his Purpose tour to promote his award-winning new album.