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Contribuyentes del RIF pueden cumplir espontáneamente en enero 2015

A través de la cuarta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2014 publicada el día 09 de septiembre de 2014  se dio a conocer que los contribuyentes del Régimen de incorporación fiscal podrán presentar sus declaraciones correspondientes a cada uno de los bimestres de 2014 por los que se encuentre obligado a mas tardar en Enero de  2015 sin que con esto se ubiquen en el supuesto  establecido en el artículo 112, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del ISR, que dice lo siguiente:

 

“Cuando los contribuyente del Régimen de Incorporación Fiscal omitan presentar la declaración bimestral prevista en el artículo 112, fracción VIII de la LISR por dos veces consecutivas o en cinco ocasiones durante el plazo señalado en el artículo 111 de la LISR. Estos perderán el beneficio de tributar en el mencionado régimen”  

 

Así las cosas esta modificación pretende evitar que por el hecho de no presentar en los plazos establecidos la declaración bimestral correspondiente, se pierda el beneficio de estar en el RIF; sin embargo esto no libera de ser requeridos por la autoridad en caso de incumplimiento de sus obligaciones fiscales.

 

Fuente: sat.gob.mx

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Comentarios: 2
  • #1

    WALTER (lunes, 29 septiembre 2014 15:01)

    BUENAS TARDES BUSQUE LA RESOLUCION MISCELANEA ESPECIFICADA PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL RIF QUE PUEDEN CUMPLIR ESPONTANEAMENTE EN 2015 Y NO ENCUENTRO TAL RESOLUCION ME PUEDEN DAR LA INFORMACION MAS ESPECIFICA. GRACIAS

  • #2

    fake chanel bags (jueves, 13 noviembre 2014 01:41)

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