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Notificación a receptores de CFDIs en operaciones simuladas

La prodecon sugirió al SAT que informe a los receptores de CFDI’s mediante carta invitación notificada a través de buzón tributario que los emisores de dichos comprobantes fueron publicados en el listado definitivo a que hace referencia el artículo 69-B del CFF.

 

Esto con la finalidad de que el receptor de dichos comprobantes fiscales opte por la autocorrección antes de que la autoridad ejerza facultades de comprobación, ya que actualmente cuando el SAT notifica a través de medios electrónicos como son el buzón tributario al emisor que se presume que realiza operaciones simuladas y posteriormente lo pone en la lista en el portal del SAT para que finalmente sea publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

 

Sin embargo en muchas de las ocasiones no logran desvirtuar los hechos y todos los comprobantes fiscales que haya emitido quedan sin efectos con base en el procedimiento contenido en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, pero muchos de los receptores de estos CFDIs no son informados de tal situación y no se les da la oportunidad de poder autocorregirse o en su caso de poder acreditar que dichas operaciones si fueron llevadas a cabo.

 

Es por ello que este logro es muy importante porque en la legislación no prevé como tal alguna notificación para los receptores de CFDIs de contribuyentes que realizaron operaciones simuladas y no pudieron desvirtuar los hechos imputados.

 

 

 

Fuente: Prodecon

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