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Aplicación “Mi Contabilidad” para personas físicas a partir de octubre

A partir del 01 de octubre el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pondrá a disposición de las personas físicas la aplicación “Mi Contabilidad”, a través de la cual podrán presentar sus pagos provisionales las personas físicas que tributen en los regímenes siguientes:

  • Actividades empresariales y servicios profesionales
  • Arrendamiento

 

No podrán optar por esta facilidad:

  • Quienes utilicen la aplicación de “Mis Cuentas”
  • Las que se dediquen a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y pesqueras

 

En esta aplicación el contribuyente deberá clasificar sus ingresos y deducciones identificando aquellas que ya fueron liquidadas y las que se encuentran pendiente de pagar, esto con la finalidad de poder determinar el pago provisional de Impuesto Sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado.

 

El sistema emite los siguientes reportes:

  • Clientes (Facturas por cobrar).
  • Proveedores (Facturas por pagar).
  • Ventas (Facturas cobradas).
  • Gastos (Facturas pagadas).
  • Balance.
  • Deducción inversiones.
  • Deducción inmediata.

 

Al utilizar este sistema quedaran exentos de la presentación de las declaraciones de operaciones con terceros y de enviar la contabilidad electrónica.

 

Fuente: SAT

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