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Compensación de saldos a favor de IVA en 2019

A través de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 se dieron a conocer entre otras cosas las reglas a seguir para aquellos contribuyentes que realicen compensación de saldos a favor de IVA generados hasta el 31 de diciembre de 2018 durante 2019.

 

Entre otras cosas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Que la compensación sea contra impuestos propios 
  • Que la declaración donde se manifieste el saldo a favor se presente con anterioridad a la declaración donde se efectuará la compensación
  • Que se haya presentado la Declaración de Operaciones con Terceros (DIOT) antes de aplicar la compensación
  •  Presentar el Aviso de compensación en el plazo establecido en la regla 2.3.10

Incluso podrán compensarse contra impuestos propios del mismo periodo donde se haya generado el saldo a favor, siempre y cuando se cumpla con los requisitos anteriores.

 

Así mismo cabe mencionar que a partir de 2019 ya no se podrá realizar compensación de saldos a favor de IVA contra el IVA a cargo de meses anteriores, por lo que en su caso este deberá solicitarse en devolución o acreditarse contra el IVA a cargo de periodos posteriores. Esto porque el criterio 25/IVA/N compensación de IVA queda sin efectos a partir de 2019.

 

Regla 2.3.11

“Para los efectos de los artículos 25, fracción VI de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019 y 6 de la Ley del IVA, los contribuyentes que opten por compensar las cantidades que tengan a su favor generadas al 31 de diciembre de 2018, contra las que estén obligados a pagar, podrán efectuarla, inclusive, contra saldos a cargo del mismo periodo al que corresponda el saldo a favor, siempre que además de cumplir con los requisitos a que se refieren dichos preceptos, hayan manifestado el saldo a favor y presentado la DIOT, con anterioridad a la presentación de la declaración en la cual se efectúa la compensación.”

 

LIVA 6, LIF 2019 25, RMF 2018 2.3.19.

 

Fuente: DOF 6ta RMRMF

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