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Facilidad para la emisión de CFDIS de nómina del 2018 en 2019 regla 2.7.5.7

En la décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 se incluye la regla 2.7.5.7 que otorga la facilidad para emitir los CFDIS por concepto de nóminas que no se hayan emitido durante 2018 o bien que contengan errores, a más tardar el 15 de abril del 2019.

 

Los contribuyentes que ejerzan esta opción tendrán por emitidos los recibos en la fecha en que se haya realizado el pago siempre y cuando se cancelen los comprobantes que se hayan sustituido.

 

Regla 2.7.5.7

Para los efectos de los artículos 29, segundo párrafo, fracción V y último párrafo del CFF, 27, fracciones V, segundo párrafo y XVIII, primer párrafo, 98, fracción II y 99, fracción III de la Ley del ISR, así como 39 del Reglamento del CFF, los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2018 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán por única ocasión corregir éstos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 15 de abril de 2019 y se cancelen los comprobantes que sustituyen. El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2018 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2018 en que se realizó el pago asociado al comprobante. La aplicación del beneficio contenido en la presente regla no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que en su caso procedan.

CFF 29, LISR 27, 98, 99, RCFF 39  

 

Fuente: 10ª RMRMF 2018

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Comentarios: 1
  • #1

    Laura Holguin (miércoles, 17 abril 2019 14:18)

    Cuanto tiempo tardar el SAT en actualizar la informacion correcta de los nuevos CFDIS y que esta se vea reflejada a los trabajadores para la presentacion de la declaracion anual?