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Opinión de cumplimiento, ahora muestra información de ingresos no declarados

Desde el pasado 22 de julio el sistema para la generación de la opinión de cumplimiento de obligaciones se actualizo, dicha actualización trae cambios importantes para que esta se emita de manera favorable (Positiva).

 

La regla 2.1.39 de la RMISC 2019 ya contemplaba algunos requisitos a considerar para la generación de tal documento. Sin embargo con la entrada en vigor de la RMISC 2019 publicada el pasado 29 de abril, la autoridad fiscal incremento los elementos que deben valorarse para que la opinión se emita de manera positiva. Para que la autoridad fiscal emita la opinión realizara la consulta en su base de datos relacionado con lo siguiente:

  •  Que el contribuyente no se encuentre publicado en el listado del 69-B
  •  Si eres persona moral que al momento de declarar los ingresos nominales del periodo en el apartado de ingresos manifieste cero y que a su vez haya emitido CFDIS de ingresos en el mismo periodo declarado.
  • Que el contribuyente se encuentre localizado.
  •  Que las personas físicas y las morales del régimen de acumulación de ingresos, al declarar en el apartado de ingresos percibidos en más de dos declaraciones consecutivas cero  y que hayan emitido CFDIS en los mismos periodos.

Adicionalmente a partir de la actualización al sistema la opinión solo se podrá obtener si se autentica con la Firma Electrónica y esta a su vez tomando en consideración los puntos anteriores se emitirá positiva o negativa.

 

Sin embargo los contribuyentes al generar su opinión se han encontrado que las opiniones negativas ya contemplan algunos de los nuevos requisitos, como es el detalle de los ingresos omitidos en cada uno de los meses declarados en ceros, por el momento solo se incluyen a partir de 2017 a la fecha.

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